Novedades del trabajo autónomo para 2018. Incentivos a la cotización
Tarifa Plana
La Tarifa Plana de 50€ se aplicará durante 12 meses a partir del primero de enero de 2018, cuando se opte por la Base de Cotización mínima, si se elige una Base de Cotización superior a la mínima podrá reducir la cuota por contingencias comunes en el 80% del resultado de aplicar a la base mínima de cotización que corresponda el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento, incluida la IT . El requisito básico para aplicar este incentivo será que no haya estado en situación de alta durante dos años en el RETA, pero si aplicó bonificación anteriormente podrá acogerse de nuevo a estos incentivos pero tendrán que existir una carencia de tres años. El conjunto de reducciones pasa a durar 24 meses, a partir del mes 13 la reducción será del 50% en las contingencias comunes durante 6 meses y a partir del mes 19 la reducción será del 30% también por el mismo concepto. Estos incentivos tienen un plus adicional para los jóvenes varones menores de 30 años y menores de 35 años si son mujeres.
Situaciones de Maternidad
Cabe destacar la mejora en las situaciones de maternidad y paternidad, ya que siempre que el descanso dure al menos un mes, los Autónomos podrán aplicar una bonificación del 100% en sus cuotas a la Seguridad Social, sin necesidad de tener que contratar a un trabajador para sustituir al titular de la actividad, no obstante en caso de formalizar contratos de interinidad, éstos seguirán estando bonificados.
Cotización en situaciones de alta y baja
Los autónomos podrán darse de alta y de baja en la Seguridad Social hasta en tres ocasiones en un año con el derecho de empezar a pagar a partir del mismo día del mes que hacen el trámite administrativo. Es decir que si se dan de alta el día 14 ya no tendrán que pagar el mes entero. Lo mismo ocurrirá con la baja.
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